Nueva norma establece límites y controles para la aplicación de estados de excepción con vigencia máxima de 90 días

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Nueva norma establece límites y controles para la aplicación de estados de excepción con vigencia máxima de 90 días

La Cámara de Senadores ha dado un paso significativo en la regulación de los estados de excepción al aprobar un proyecto de Ley que establece un marco

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La Cámara de Senadores ha dado un paso significativo en la regulación de los estados de excepción al aprobar un proyecto de Ley que establece un marco normativo claro para la aplicación de medidas extraordinarias en situaciones que amenacen la seguridad del Estado, generen conmoción interna o se deriven de desastres naturales. Tras su aprobación, el proyecto ha sido remitido a la Cámara de Diputados para su revisión y tratamiento.

Esta nueva normativa tiene como objetivo primordial garantizar el funcionamiento continuo de las instituciones públicas y proteger a la población en momentos críticos, asegurando que las facultades ordinarias sean complementadas por medidas excepcionales cuando sea necesario. La ley busca equilibrar la necesidad de actuar con rapidez ante crisis con el respeto a los derechos fundamentales.

Una de las características más relevantes del proyecto es que establece una duración máxima para el estado de excepción de 90 días calendario, contados desde su publicación en la Gaceta Oficial del Estado. Al finalizar este plazo, el estado de excepción perderá vigencia automáticamente. Además, se ha dispuesto que no se podrá declarar un nuevo estado inmediatamente después del anterior, a menos que exista una autorización legislativa explícita.

Durante la vigencia del estado de excepción, el Órgano Ejecutivo obtendrá facultades especiales que le permitirán imponer restricciones temporales a ciertos derechos y garantizar la seguridad pública. Sin embargo, estas limitaciones están sujetas a criterios estrictos como proporcionalidad y necesidad. La declaratoria deberá concretarse mediante un decreto supremo que especifique las razones detrás de la medida, las restricciones aplicables y el ámbito territorial donde serán efectivas.

Un aspecto fundamental del proyecto es la protección de los derechos humanos. La ley prohíbe expresamente la suspensión de varios derechos esenciales incluso en situaciones críticas. Entre estos se incluyen el derecho a la vida, la integridad personal, la igualdad y no discriminación, así como los derechos políticos y judiciales. Cualquier limitación impuesta deberá ser estrictamente necesaria y no podrá afectar el núcleo esencial de estos derechos ni menoscabar la dignidad humana.

La propuesta también otorga atribuciones específicas a las fuerzas policiales para hacer cumplir las disposiciones del estado de excepción. Esto incluye medidas como arrestos temporales e intervención en establecimientos privados cuando sea necesario. Por otro lado, se prevé que las Fuerzas Armadas participen bajo condiciones definidas: en casos de disturbios internos solo podrán intervenir si se demuestra que la Policía no puede restablecer el orden por sí misma.

El uso de la fuerza por parte de las autoridades también está regulado rigurosamente. Se prohíbe expresamente cualquier forma de violencia indiscriminada, tortura o ejecuciones extrajudiciales durante el periodo del estado de excepción. Asimismo, cualquier operación debe ajustarse tanto a las leyes nacionales como a los tratados internacionales ratificados por Bolivia.

Para garantizar un control legislativo efectivo sobre estas medidas excepcionales, se exige al presidente comunicar la declaración del estado de excepción a la Asamblea Legislativa Plurinacional en un plazo máximo de 24 horas. La Asamblea tendrá 72 horas para aprobar o rechazar dicha medida. Además, se solicitarán informes periódicos sobre la ejecución del estado y su impacto en los derechos fundamentales, con el fin de asegurar transparencia y rendición de cuentas.

Con esta iniciativa legislativa, Bolivia busca establecer un marco más claro y regulado para enfrentar situaciones críticas sin sacrificar los derechos fundamentales ni perder el control democrático sobre decisiones tan importantes como son los estados excepcionales.

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