Recientemente, surgieron dudas respecto al pago de la Renta Dignidad con el aumento a 500 bolivianos, establecido por el Gobierno mediante el Decreto
Recientemente, surgieron dudas respecto al pago de la Renta Dignidad con el aumento a 500 bolivianos, establecido por el Gobierno mediante el Decreto Supremo 5516. Especialistas en la materia señalaron que este incremento no podría ser aplicado hasta que la legislación correspondiente sea modificada para alinearse con lo dispuesto en el decreto.
El ministro de la Presidencia, José Luis Lupo, aclaró que el pago del beneficio está garantizado y que actualmente se trabaja en la interpretación legal necesaria para su implementación. Afirmó que el desembolso se realizará conforme a los requisitos legales vigentes, ya sea mediante esta interpretación o a través de la adecuación de la ley financiera, asegurando la continuidad del beneficio.
La Renta Dignidad, también conocida como Renta Universal de Vejez, está regulada por la Ley 3791, promulgada en 2007. Por su parte, el Decreto Supremo 5516, aprobado por la administración de Rodrigo Paz, dispone en su artículo 10 un incremento de 150 bolivianos para todos los beneficiarios que no cuentan con aportes contributivos.
Este beneficio forma parte del Programa Extraordinario de Protección y Equidad (Pepe) y está dirigido a quienes reciben la Renta Dignidad sin percibir una jubilación del sistema de Seguridad Social de Largo Plazo. La entrega se establece por un período de doce meses consecutivos, con un límite máximo anual de 1.800 bolivianos




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