Bolivia ha establecido un marco legal pionero para la protección de la niñez y adolescencia frente al abuso y la explotación sexual en entornos digita
Bolivia ha establecido un marco legal pionero para la protección de la niñez y adolescencia frente al abuso y la explotación sexual en entornos digitales. Esta iniciativa, gestada en la Fiscalía General del Estado mediante un esfuerzo colaborativo con el apoyo de cooperantes internacionales, responde a una necesidad urgente. Solo en el año 2024, se registraron 33.300 reportes vinculados a estas problemáticas en plataformas en línea, evidenciando una brecha en la legislación preexistente que, hasta ahora, solo abordaba delitos como pornografía, estupro o violación, sin contemplar tipos penales específicos para el abuso digital.
En respuesta a esta realidad, la nueva normativa introduce cinco delitos inéditos. Estos incluyen la producción de material de abuso sexual infantil, sancionada con penas que oscilan entre 15 y 20 años de prisión, así como el contacto con fines sexuales en entornos digitales, la comercialización de dicho material, su distribución y su almacenamiento. La severidad de las penas busca enviar un mensaje contundente: el país no tolerará que los agresores se amparen en el anonimato de una pantalla para perpetrar daños contra los menores.
Para la investigación efectiva de estos delitos, el Ministerio Público ha fortalecido sus capacidades. Se ha creado una unidad especializada dentro de la Fiscalía Superior en razón de género, equipada con tecnología avanzada producto de donaciones de cooperantes internacionales. Este equipo opera integrado al ecosistema Roma del Ministerio Público y colabora activamente con organismos internacionales como Interpol Francia, permitiendo rastrear contenidos sexuales en dispositivos electrónicos de manera eficiente y respetando la privacidad. Gracias a estas herramientas y al trabajo investigativo, se han logrado ya 26 sentencias condenatorias, con penas de entre 20 y 30 años de prisión.
La relevancia del entorno digital en esta legislación es fundamental. Actualmente, niños, niñas y adolescentes dedican una parte considerable de su tiempo a redes sociales, plataformas de mensajería y juegos en línea. Esto significa que el agresor ya no requiere proximidad física con la víctima; un simple dispositivo electrónico es suficiente para acceder a ellos. Por ello, esta ley se considera histórica, al reconocer por primera vez la violencia sexual en entornos digitales y establecer un marco legal específico para combatirla.
Paralelamente a la aplicación de la ley, se ha puesto un énfasis primordial en la prevención y socialización. Se ha instruido a los fiscales departamentales para que realicen campañas informativas en colegios, mercados, gremios, ferias y medios de comunicación, dirigidas a padres, maestros y estudiantes. El objetivo es concienciar sobre los riesgos asociados a los juegos en línea y las redes sociales. Estas campañas se extenderán a eventos masivos como la Feria Expocruz y a radios comunitarias, buscando una difusión amplia a nivel nacional.
El principal desafío a futuro radica en la capacitación digital de la policía y los investigadores, asegurando que dominen adecuadamente los equipos y protocolos internacionales. Asimismo, es crucial expandir la cooperación con organismos que proveen tecnología y recursos. La aspiración última es que la ley funcione como un mecanismo preventivo, idealmente evitando la necesidad de su aplicación. No obstante, se garantiza que, de surgir agresores, los nuevos tipos penales serán aplicados con la máxima firmeza.
Esta normativa representa un hito trascendental para la protección de la niñez en Bolivia. Constituye un compromiso ineludible para fiscales, jueces y policías de actuar con celeridad contra quienes utilicen el ámbito digital para abusar de los menores. Al mismo tiempo, convoca a toda la sociedad a ejercer la prevención, a mantenerse vigilante y a salvaguardar a los niños en este nuevo espacio de riesgo: el mundo digital
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