Gobierno de Bolivia impone multas de 10 a 60 por ciento del salario mínimo a jurados y electores

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Gobierno de Bolivia impone multas de 10 a 60 por ciento del salario mínimo a jurados y electores

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) ha establecido un reglamento detallado de faltas y sanciones para las elecciones que se celebrarán el próximo domi

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El Tribunal Supremo Electoral (TSE) ha establecido un reglamento detallado de faltas y sanciones para las elecciones que se celebrarán el próximo domingo, con el objetivo de garantizar la transparencia y el correcto desarrollo del proceso electoral. Este reglamento clasifica las infracciones en tres categorías según su gravedad: faltas leves, graves y muy graves, cada una con multas económicas que varían entre el 10% y el 60% del salario mínimo nacional. Considerando que el salario mínimo actual es de 3.300 bolivianos, las multas oscilan entre 330 y 1.980 bolivianos.

Dentro de las faltas leves se encuentra la omisión de votar el día de la elección, sancionada con una multa equivalente al 10% del salario mínimo, es decir, 330 bolivianos. Además de esta penalización económica, quienes no cumplan con su deber cívico enfrentan un impedimento por 90 días para acceder a cargos públicos, realizar trámites bancarios o tramitar pasaportes, lo que refleja la importancia que se le da al acto del sufragio en la vida política y social del país.

Otra falta leve contemplada es la circulación en vehículo sin permiso durante el día electoral. La multa para esta infracción asciende al 20% del salario mínimo (660 bolivianos). Los conductores que incumplan esta norma serán detenidos por las autoridades de tránsito y deberán pagar la multa correspondiente para recuperar sus vehículos. Esta medida busca evitar cualquier tipo de movimiento indebido que pueda interferir con la jornada electoral. Asimismo, quienes no se hayan registrado en el padrón electoral también deben abonar esta misma multa.

En cuanto a las faltas calificadas como graves, estas incluyen acciones que atentan contra la integridad del proceso electoral o la tranquilidad pública durante los comicios. Entre ellas se encuentra revelar o difundir su voto, lo cual vulnera el principio constitucional del secreto del sufragio; obstaculizar el ejercicio del control social; incitar o realizar manifestaciones, reuniones o propaganda política cerca de las mesas de votación o fuera de los plazos establecidos; así como consumir bebidas alcohólicas en los periodos prohibidos por ley. Para estas infracciones se estipula una multa del 35% del salario mínimo nacional, equivalente a 1.155 bolivianos.

El reglamento también contempla un grupo de faltas muy graves cuyo impacto puede comprometer seriamente la legalidad y equidad electoral. Entre estas se encuentran la venta o distribución de bebidas alcohólicas durante los plazos prohibidos por ley —un periodo que comienza con el auto de buen gobierno emitido por las gobernaciones— y la difusión fuera de plazo de resultados provenientes de estudios de opinión relacionados con las elecciones. Las sanciones para estas infracciones alcanzan hasta el 60% del salario mínimo nacional, es decir, multas por valor de hasta 1.980 bolivianos.

Con miras a garantizar el cumplimiento estricto del reglamento durante los días previos a los comicios, los tribunales electorales departamentales han iniciado desde este jueves un monitoreo riguroso sobre las cuentas oficiales de partidos políticos y candidatos para asegurar que no exista campaña ni propaganda ilegal durante el periodo conocido como silencio electoral. Este control se intensifica desde el viernes en adelante bajo la supervisión establecida por los autos de buen gobierno emitidos por las gobernaciones.

No solo los votantes están sujetos a sanciones; también existen disposiciones específicas para jurados electorales, notarios y funcionarios bancarios involucrados en el proceso electoral. Los jurados tienen multas que oscilan entre el 30% y el 50% del salario mínimo si incumplen sus responsabilidades. Por ejemplo, quienes no asistan a las capacitaciones previas al día comicial pueden ser multados dentro de este rango; faltar a su labor durante la jornada electoral implica una sanción mínima del 30%, equivalente a 990 bolivianos; mientras que no firmar las actas tras el escrutinio puede acarrear multas hasta por el 50%, es decir, hasta 1.650 bolivianos. Asimismo, presentarse en estado de ebriedad o bajo efectos psicotrópicos constituye una falta grave para los jurados con igual nivel sancionatorio.

Los notarios electorales también están sujetos a sanciones económicas entre el 20% y 60% del salario mínimo si incumplen sus funciones esenciales dentro del proceso electoral. Entre sus responsabilidades figuran recibir reclamos electorales sin negación alguna, expedir certificados de impedimento cuando corresponda y asistir puntualmente a cursos preparatorios previos a la elección. Además son responsables directos del traslado seguro y oportuno del material electoral necesario para garantizar un desarrollo ordenado y transparente.

Finalmente, los funcionarios bancarios tienen asignada una multa específica equivalente al 15% del salario mínimo nacional (495 bolivianos) si no exigen a los electores presentar su certificado de sufragio luego de emitir su voto. Esta medida busca fortalecer mecanismos que aseguren la participación ciudadana efectiva y evitar irregularidades vinculadas al cumplimiento obligatorio con este requisito.

En conjunto, estas disposiciones reflejan un esfuerzo integral por parte del Tribunal Supremo Electoral para regular rigurosamente todos los aspectos vinculados al proceso electoral desde antes hasta después mismo del día comicial. La implementación precisa y efectiva de este reglamento busca proteger la legitimidad del sufragio universal y garantizar condiciones equitativas tanto para electores como para actores institucionales involucrados en unas elecciones fundamentales para la democracia nacional

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