Diputados aprueban suspensión de embargos de vivienda social y diferimiento de créditos para familias vulnerables

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Diputados aprueban suspensión de embargos de vivienda social y diferimiento de créditos para familias vulnerables

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La Cámara de Diputados ha dado luz verde, en las primeras horas de este viernes, a una iniciativa legislativa que establece la suspensión temporal de

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La Cámara de Diputados ha dado luz verde, en las primeras horas de este viernes, a una iniciativa legislativa que establece la suspensión temporal de embargos y la ejecución de sentencias relacionadas con créditos de vivienda de interés social. Esta medida, aprobada en un contexto de desafíos económicos nacionales, busca ofrecer un respiro a los prestatarios.

La normativa aprobada también contempla el aplazamiento de los pagos de créditos destinados a viviendas de interés social, así como aquellos otorgados a unidades económicas de tamaño micro y pequeño. Tras su aprobación en sus etapas generales y particulares en la Cámara Baja, el texto ha sido remitido a la Cámara de Senadores para su correspondiente análisis y tratamiento.

La legislación, denominada Ley Excepcional de Suspensión Temporal de Embargos y Ejecución de Sentencias en Procesos Judiciales por Créditos de Vivienda de Interés Social y Diferimiento de Créditos para Vivienda de Interés Social y Créditos a Unidades Económicas de Tamaño Micro y Pequeña, detalla sus alcances en sus disposiciones.

Una de las cláusulas fundamentales de la nueva ley estipula que, para aquellos prestatarios que enfrentan acciones judiciales por el cobro de obligaciones derivadas de créditos de vivienda de interés social concedidos por entidades financieras, se establece una moratoria de seis meses. Este periodo, que comenzará a regir desde la fecha de publicación de la ley, paralizará en todo el territorio nacional las órdenes judiciales de embargo, la ejecución de sentencias, los remates, los desapoderamientos y cualquier otra medida judicial que pudiera afectar los bienes dados en garantía o de propiedad de los demandados.

Adicionalmente, la propuesta legislativa obliga a las entidades de intermediación financiera y a las empresas de arrendamiento financiero que operan en el país a diferir automáticamente, por un lapso de seis meses a partir de la publicación de la ley, el pago de las cuotas de los créditos. Esta disposición aplica tanto a los préstamos para vivienda de interés social como a los créditos de las unidades económicas de tamaño micro y pequeño, abarcando el capital, los intereses, los seguros, las comisiones y otros cargos asociados.

En relación con esta medida, el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través de un comunicado emitido el 8 de septiembre, aseguró que la propuesta normativa no compromete la estabilidad ni la solidez del sistema financiero. La institución aclaró que la ley no implica una condonación de deudas ni una intervención en los acuerdos contractuales existentes entre los prestatarios y las instituciones financieras

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