Decreto de Transición ordena suspensión inmediata de contratos a la espera del próximo gobierno

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Decreto de Transición ordena suspensión inmediata de contratos a la espera del próximo gobierno

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Un reciente instrumento legal, el decreto 5475, ha sido promulgado para establecer un marco regulatorio en el proceso de transición gubernamental. Est

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Un reciente instrumento legal, el decreto 5475, ha sido promulgado para establecer un marco regulatorio en el proceso de transición gubernamental. Esta disposición determina la suspensión de los plazos en los contratos que involucran a todas las entidades estatales, delegando la conclusión de estos compromisos a la administración entrante.

En el contexto de la transición, las máximas autoridades ejecutivas de los ministerios, sus dependencias descentralizadas, empresas públicas y otras instituciones del sector público a nivel central, están facultadas para declarar, mediante resolución expresa, la interrupción de los plazos en los procedimientos administrativos. Esta moratoria se mantendrá vigente hasta la toma de posesión de las nuevas autoridades, con la única excepción de aquellos plazos que estén explícitamente definidos por ley.

Previo a la emisión de esta normativa, la administración saliente, encabezada por Luis Arce, sostuvo reuniones con los delegados del presidente electo, Rodrigo Paz Pereira. En estos encuentros se consensuó una metodología detallada para la transferencia de información esencial, con el propósito de que la nueva gestión adquiera un conocimiento integral de la situación del país al asumir sus responsabilidades. El decreto en cuestión sistematiza y reglamenta los pasos que las autoridades deben seguir durante este período.

Un aspecto particular de la reglamentación es que no se establece un presupuesto fijo ni un techo de gastos para las actividades de transición. La responsabilidad de cubrir los desembolsos recae directamente en cada institución involucrada, mientras que el Ministerio de la Presidencia asumirá exclusivamente un rol de coordinación general. Para facilitar la logística del traspaso presidencial, la normativa autoriza a los ministerios y a las entidades públicas participantes a realizar contrataciones directas de bienes y servicios. Esta facultad está estrictamente limitada a aquellos insumos y prestaciones necesarios para el desarrollo y ejecución de las actividades inherentes a la ceremonia de cambio de mando.

Desde la cartera de la Presidencia, se argumentó que la decisión de no fijar una cifra presupuestaria obedece a la incertidumbre sobre los requerimientos exactos que se presentarán. En este sentido, se recordó que durante la transición de 2020, la administración de Jeanine Áñez asignó un monto de 1.5 millones, del cual menos de la mitad fue efectivamente ejecutado.

Dada la naturaleza eminentemente protocolar del evento, la mayor parte de los costos asociados, particularmente aquellos relacionados con la recepción de delegaciones internacionales, recaerán en el Ministerio de Relaciones Exteriores. La disposición legal también subraya la necesidad de una coordinación estrecha entre este evento y la Vicepresidencia, asegurando un desarrollo armónico de la ceremonia

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