El Tribunal Supremo Electoral de Bolivia cuestiona restricciones a la participación indígena en elecciones presidenciales.

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El Tribunal Supremo Electoral de Bolivia cuestiona restricciones a la participación indígena en elecciones presidenciales.

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El TSE presenta una Acción de Inconstitucionalidad Concreta ante el TCP por limitaciones en la Ley de Organizaciones Políticas. El Tribunal Supremo E

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El TSE presenta una Acción de Inconstitucionalidad Concreta ante el TCP por limitaciones en la Ley de Organizaciones Políticas.
El Tribunal Supremo Electoral de Bolivia ha tomado medidas para garantizar la participación plena de las organizaciones indígenas en las próximas elecciones presidenciales, desafiando restricciones legislativas que podrían afectar este derecho fundamental.
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) ha presentado una Acción de Inconstitucionalidad Concreta ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) en Bolivia, cuestionando dos artículos de la Ley de Organizaciones Políticas (Ley 1096) por considerar que restringen la participación de los pueblos indígenas en las elecciones presidenciales. Esta acción surge a raíz de una solicitud presentada en octubre de 2024 por el Consejo Nacional de Suyus Aymaras y Quechuas del Qullasuyu (Consaq-Bolivia), que buscaba el reconocimiento de su personalidad jurídica para poder postular candidatos en las elecciones nacionales de 2025.

El TSE argumenta que los artículos 5, inciso c), y 15 de la Ley 1096 limitan la participación de estas organizaciones indígenas exclusivamente a procesos subnacionales, lo cual entraría en conflicto con el artículo 209 de la Constitución Política del Estado (CPE) que reconoce el derecho de participación de las organizaciones indígenas originario campesinas (OIOC) en todos los niveles del Estado, sin restringir su alcance a lo subnacional. Por tanto, el recurso presentado busca suspender frases como “únicamente en elecciones subnacionales” que aparecen en la ley cuestionada.

Durante la discusión sobre este tema en el Tribunal, el vocal Tahuichi Tahuichi emitió un voto disidente proponiendo la aplicación directa del artículo 209 de la CPE, argumentando que la participación de las OIOC en las elecciones presidenciales no debería requerir una declaración previa del TCP y que el TSE debería garantizar este derecho de forma inmediata para no vulnerar los derechos políticos de estas organizaciones indígenas.

La medida cautelar solicitada por el TSE tiene como objetivo asegurar que las organizaciones indígenas puedan registrarse y presentar candidaturas para las elecciones generales de 2025. Esta solicitud incluye la suspensión de los artículos cuestionados hasta que se resuelva el fondo del asunto. Cabe destacar que el presidente titular del TSE, Oscar Hassenteufel, no estuvo presente en la sesión de sala plena debido a encontrarse de vacaciones.

En el memorial presentado, se señala que si el TCP emite un fallo favorable antes de la convocatoria a elecciones, programada para agosto, los efectos de la decisión serían aplicables a dicho proceso electoral; de lo contrario, regirían para futuros comicios. El TSE sostiene que no existe un fundamento legal válido para que el legislador haya restringido un derecho político reconocido por la CPE, destacando la importancia de garantizar la participación plena de las organizaciones indígenas en todos los niveles del Estado.
El TSE busca eliminar barreras legales que impiden la participación de las organizaciones indígenas en las elecciones presidenciales, asegurando su derecho a postular candidatos y ser parte activa del proceso democrático en Bolivia.

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