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El Tribunal Supremo Electoral de Bolivia impugna dos artículos de la Ley de Organizaciones Políticas.

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El TSE busca garantizar la participación plena de los pueblos indígenas en las elecciones presidenciales. El Tribunal Supremo Electoral ha presentado

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El TSE busca garantizar la participación plena de los pueblos indígenas en las elecciones presidenciales.
El Tribunal Supremo Electoral ha presentado una Acción de Inconstitucionalidad Concreta ante el Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia, cuestionando dos artículos de la Ley de Organizaciones Políticas que restringen la participación de los pueblos indígenas en elecciones presidenciales.
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) ha dado un paso significativo al presentar una Acción de Inconstitucionalidad Concreta ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) en Bolivia, en la que cuestiona dos artículos de la Ley de Organizaciones Políticas (Ley 1096). Esta acción surge como respuesta a la solicitud presentada por el Consejo Nacional de Suyus Aymaras y Quechuas del Qullasuyu (CONSAQ-BOLIVIA) en octubre de 2024, en la que buscaban el reconocimiento de su personalidad jurídica para poder postular candidatos en las elecciones presidenciales de 2025.

El TSE argumenta que los artículos 5, inciso c), y 15 de la Ley 1096 restringen la participación de los pueblos indígenas en elecciones presidenciales al limitar su actuación exclusivamente a procesos subnacionales. Esta restricción choca directamente con el artículo 209 de la Constitución Política del Estado (CPE), que reconoce el derecho de las organizaciones indígena originario campesinas (OIOC) a participar en todos los niveles del Estado, sin restringir su participación únicamente a lo subnacional.

Durante la discusión en el Tribunal, el vocal Tahuichi Tahuichi emitió un voto disidente en el que abogó por la aplicación directa del artículo 209 de la CPE, respaldándose en los principios de supremacía constitucional y el bloque de constitucionalidad. Según su posición, las OIOC deberían poder participar en las elecciones presidenciales sin necesidad de una declaración previa del TCP, garantizando así sus derechos políticos de manera inmediata.

Es relevante destacar que la solicitud de medida cautelar presentada por el TSE busca asegurar que las organizaciones indígenas puedan registrarse y presentar candidaturas para las elecciones generales de 2025. Sin embargo, es importante mencionar que el presidente titular del TSE, Oscar Hassenteufel, no estuvo presente en la sesión de sala plena debido a encontrarse de vacaciones en ese momento.

El memorándum presentado señala que, en caso de que el TCP emita un fallo favorable antes de la convocatoria a elecciones prevista para agosto, los efectos de la decisión serían aplicables de inmediato en el proceso electoral de 2025. En caso contrario, los cambios propuestos regirían para elecciones posteriores.

El TSE sostiene que la limitación impuesta por los artículos impugnados de la Ley 1096 constituye una violación de los principios fundamentales de igualdad, participación y no discriminación establecidos tanto en tratados internacionales de derechos humanos como en la propia Constitución Política del Estado. En este sentido, el Tribunal busca garantizar que los derechos políticos de los pueblos indígenas sean plenamente respetados y que puedan participar activamente en todos los niveles del sistema político boliviano.
El TSE busca asegurar que las organizaciones indígenas puedan postular candidatos en las elecciones generales de 2025, defendiendo sus derechos políticos ante posibles limitaciones legales.

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