El Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia ha declarado una emergencia energética y social en todo el territorio nacional mediante el Decreto Sup
El Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia ha declarado una emergencia energética y social en todo el territorio nacional mediante el Decreto Supremo N° 5517, firmado por el presidente Rodrigo Paz. Esta medida responde a la compleja coyuntura que atraviesa el país, caracterizada por una elevada inflación, escasez de divisas y desabastecimiento de combustibles.
El decreto, promulgado el 13 de enero, reconoce la existencia de una crisis económica, financiera y social estructural que se refleja en la falta de combustibles, el aumento de costos logísticos y la paralización de diversas actividades productivas. Esta situación ha impactado de manera directa en el costo de vida de la población y en el funcionamiento general de la economía nacional.
Entre las disposiciones más relevantes, el decreto autoriza de forma excepcional y temporal la importación, venta y comercialización de derivados del petróleo por parte de personas naturales o jurídicas privadas. Estas operaciones deberán realizarse a precio de importación o preterminal, siempre que los interesados cuenten con capacidad de almacenamiento propia o alquilada, bajo un régimen de libre acceso no discriminatorio. Esta medida busca garantizar el abastecimiento tanto en zonas urbanas como rurales.
Además, se establece la suspensión temporal, por un año, del diésel en la lista de sustancias controladas con el fin de facilitar su importación y asegurar el suministro para sectores estratégicos como el transporte, la producción y la agroindustria. Transcurrido este periodo, la partida arancelaria volverá automáticamente a la lista de sustancias controladas, salvo que se disponga lo contrario mediante normativa posterior.
Estas acciones son calificadas por el Gobierno como excepcionales, inmediatas y transitorias, orientadas a reactivar el aparato productivo nacional, mitigar los efectos de la crisis energética y brindar mayor certidumbre a la población ante el escenario económico actual.
El decreto también establece dos medidas transitorias: la primera exige a la Aduana Nacional, la Agencia Nacional de Hidrocarburos y otras instituciones competentes ajustar sus procedimientos internos en un plazo máximo de cinco días hábiles para cumplir con lo previsto en la norma. La segunda dispone que el Ministerio de Hidrocarburos y Energías reglamente el libre acceso no discriminatorio a la infraestructura de hidrocarburos en un plazo de hasta quince días hábiles.
Esta normativa complementa al Decreto Supremo 5516, que contiene disposiciones sobre la fijación de precios de combustibles, aumento del salario mínimo nacional, incremento de transferencias sociales y un nuevo esquema de diferimiento de créditos para vivienda social y pequeños productores. El DS 5516 también busca contener la crisis económica, corregir distorsiones del mercado, combatir el contrabando —que representa hasta un 40% de la oferta— y atender un fallo del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina que cuestionó la diferenciación de precios en el país.
El conjunto de estas medidas surge tras un acuerdo entre el Gobierno nacional y organizaciones sociales, incluyendo la Central Obrera Boliviana (COB), luego de una semana de protestas y bloqueos en rechazo al anterior Decreto Supremo 5503, que generó divisiones y tensiones sociales debido a su impacto en la economía nacional




COMMENTS